Reforma del PJ: fortalecer los recursos humanos de las instituciones del sistema de justicia

Conforme al objetivo prioritario señalado en el título de esta columna, el fortalecimiento del recurso humano no sólo comprende al Poder Judicial, sino a todo el sistema de justicia, desde luego con sus particularidades, léase, Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Policía Nacional, Tribunal Constitucional, Defensa Pública del Estado.

Nótese además que, en lo que corresponde al ente judicial, este reforzamiento no sólo abarca al personal judicial en estricto, sino también a los magistrados de todas las instancias. De esa forma puede advertirse que, por ejemplo, la provisionalidad de jueces aún sigue siendo un aspecto medular a abordarse y atacarse, pues el 60% de los magistrados son provisionales, lo cual es gravísimo. «El Poder Judicial ha devuelto al MEF unos 58 millones por no haberse nombrado a magistrados. Ese es el principal problema que tenemos”, djo Marco Tulio Falconí en RPP Noticias el último 29 de febrero del 2024 .

Sobre la provisionalidad de los jueces (titulares ascendidos al grado superior), se agrega un elemento adicional: el de los jueces supernumerarios ( abogados y trabajadores en función temporal de jueces), en el que aún no existe un consenso respecto a su nombramiento uniforme y coherente, su capacitación, duración y control disciplinario.

Este mismo problema se advierte en la provisionalidad fiscal, por tanto, no es monopolio del Poder Judicial. La Corte Interamericana de Derechos Humanos sostiene al respecto: “los nombramientos en provisionalidad de las y los operadores de justicia deben constituir una situación excepcional y no la regla”. Ha quedado por lo demás claro, en el debate de la Política Pública, que niveles de provisionalidad elevados constituyen un riesgo para la independencia judicial y, por ende, socava esta garantía esencial del sistema.

Por otro lado, la capacitación en todos los niveles debe ser, más que un objetivo, una línea de acción permanente en todas las instituciones del sistema de justicia, la misma que debe ser medida en el trabajo y en base a los resultados de productividad, eficiencia, buen trato, y confianza ciudadana. A la capacitación del trabajador debe unirse una política premial permanente -no necesariamente económica- como, por ejemplo, becas, ascensos, buen trato, reconocimientos, que lo incentive a fidelizarse con la institución y evitar el riesgo permanente de la justificada, pero lamentable, fuga de talentos.

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