Nueva ley: ¿Cuándo aplica la legítima defensa y en qué casos se exime de responsabilidad penal?

El Congreso de la Republica aprobó eximir de responsabilidad penal el uso letal de la fuerza cuando se trata de defensa propia. La presidenta de la Comisión de Justicia, Janet Rivas (Perú Libre), indicó que la medida se concretará a través de cambio en el Código Penal y el Código Procesal Penal referido a la responsabilidad penal derivada de la práctica de la legítima defensa.

Esta excepción se ejecutará en quien obre en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros “con uso de la fuerza, incluido el uso de la fuerza letal”.

REQUISITOS PARA LEGÍTIMA DEFENSA

Para la legítima defensa tiene que provenir una agresión real, realizada previa irrupción ilegítima dentro de un inmueble, medio de transporte, negocio, empresa, asociación civil, lugar de trabajo o en alguna propiedad de quien repelió el ataque.

Rivas indicó que en estos casos quedará excluido el criterio de la proporcionalidad del instrumento con el que se repelió el ataque. Además, se tomará en cuenta “la intensidad y peligrosidad de la agresión, la forma de proceder del agresor y los medios que se dispongan para la defensa”.

Otros de los puntos en consideración es la actitud hacia el agresor por parte de quien se defiende de él. También se tomará en cuenta la situación de peligro inevitable en la que este se encuentre el agraviado, y la necesidad de proteger tanto su vida como la de terceras personas.

Cabe especificar que, si una persona recurre al uso de la fuerza mediante arma de fuego inscrita a su nombre, este objeto será incautado dentro de las siguientes 48 horas para ser sometido a las investigaciones de rigor.

CASOS JUDICIALIZADOS

Hace algunas semanas, en Trujillo, un ingeniero es investigado en el Ministerio Público por el delito de homicidio. Él fue encañonado por un delincuente para arrebatarle 20 mil soles que había retirado de una entidad bancaria en Vista Alegre. Los criminales venían siguiéndolo a bordo de una moto lineal. Luego de robarle el dinero y darse a la fuga, no contaron con que el ingeniero los perseguiría en su vehículo. La victima al aproximarse a a ellos los atropelló.

Uno de los delincuentes fue trasladado al hospital Belén de Trujillo, donde por la gravedad de sus lesiones falleció. Luego de esto, el agraviado fue detenido y llevado a una comisaría para luego ser liberado.  Pese a que el Ministerio Público ordenó su liberación, se abrió una investigación preliminar en su contra por el presunto delito de homicidio.

Expertos en derecho penal expresaron que haber actuado en defensa propia podría costarle caro, al punto de perder su libertad.

También es conocido el caso del suboficial PNP Elvis Miranda Rojas, quen hizo uso de su arma de fuego en defensa propia en la región Piura. Según informes policiales, el hampón, quien era un desertor del Ejército con antecedentes penales, intentó arrebatar la billetera a dos ciudadanos en un asentamiento humano del distrito de Castilla.

En 2019, el suboficial Miranda fue condenado a prisión efectiva por asesinar a este delincuenter. Después de largos meses privado de su libertad le absolvieron la condena y volvió con su familia.

Las cifras del Instituto Nacional de Estadísticas e Informática (INEI) revelan que, entre setiembre 2022 a febrero 2023, se registró que el 23,2 % de la población urbana fueron víctimas de algún hecho delictivo.

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